Noticias

 

Los treinta y tres mineros chilenos crean una sociedad para defender sus derechos de imagen.

Los 33 mineros de Atacama que sobrevivieron tras permanecer dos meses a 700 metros de profundidad en la mina chilena de San José, acordaron la creación de la sociedad anónima  de Propiedad Intelectual Minera (PIM) para controlar los permisos para la creación de libros, películas y otros productos relacionados con ellos. El grupo está compuesto por los propios mineros que defenderán sus derechos de imagen de forma colectiva.

Los accionistas de la sociedad serán los propios mineros que luego cederán sus derechos intelectuales a terceros que financien la publicación de libros, filmación de películas, producción de videojuegos u otros objetos relacionados con su vivencia. Los mineros se quedarán con el 80% de las ganancias que se obtengan de su imagen.

De hecho, la PIM ya contrató a una sociedad agente que se encarga de cubrirtodos los gastos de la colocación en el mercado y pago de abogados. Los empresarios de la sociedad agente, que recibirán el 20% de los beneficios producidos por la venta de derechos, hicieron una inversion inicial de unos 300.000 dólares, suma que se repartirá entre los 33 mineros. Cada uno de los supervivientes ya recibió un pago de 2.127 dólares como adelanto y recibirán varios pagos más. A cambio, los inversores venderán su historia oficial y gozarán de la quinta parte de beneficio.

 

(Fuente Portal WEB: http://actualidad.rt.com/actualidad/america_latina/issue_18774.html?rc=1>)

 

 

 

 

IBM supera por primera vez las 5.000 patentes al año.

 

Durante 2010, el Gigante Azul registró tantas patentes como Microsoft, HP, Oracle, EMC y Google juntas. Actualmente cuenta en sus filas con más de 7.000 inventores.

 

IBM ha superado un nuevo record a nivel de patentes. Después de dieciocho años consecutivos liderando el número de desarrollos patentados, en 2010 ha sido la primera compañía en superar las 5.000 patentes, en concreto registró 5.896 en Estados Unidos.

 

Las patentes registradas por IBM se encuentran en segmentos variopintos. Por supuesto, estas cifras no se están dando por casualidad. IBM cuenta en la actualidad con más de 7.000 inventores entre sus filas en un total de 29 países. Fuera de los Estados Unidos se desarrollaron más del 22% del total de patentes registradas, lo que significa un crecimiento del 27%. Según publica IBM, las patentes registradas en 2010 cuadruplican las pertenecientes a Hewlett-Packard y superan todas las que han creado Microsoft, HP, Oracle, EMC y Google juntas. Para hacernos una idea de tal crecimiento, IBM tardó más de 50 años en conseguir sus primeras 5.000 patentes, algo que ha conseguido sólo en 2010. El Gigante Azul invierte cada año la friolera de 6.000 millones de dólares en Investigación y Desarrollo.

 

(Fuente Portal WEB: http://www.eweekeurope.es/noticias/ibm-supera-por-primera-vez-las-5000-patentes-al-ano-10010)

 

<< Volver

 

 

 

Gobierno de India desconoce patente de Kaletra.

 

La medida permitirá desarrollar medicamentos genéricos antirretrovirales

La Oficina de Patentes de la India rechazó la solicitud de la farmaceútica Abbott para reconocer la patente del medicamento antirretroviral Kaletra y evitar su elaboración en líneas de medicamentos genéricos, debido a que consideró que la combinación de los antivirales lopinavir y ritonavir, no es una invención.

Ante la solicitud de tres empresas farmacéuticas de genéricos hindués, Cipla, Hyderabad Matrix Laboratories y Okasa, de poder reproducir la fórmula el argumentó ante la dependencia hindú que el proceso de elaboración era de su propiedad intelectual. Al respecto, la Oficina de Patentes con sede en Mumbai, determinó que no había ninguna innovación en el proceso de elaboración.

Organizaciones de la sociedad civil de la nación asiática mencionaron a la prensa local, que esta determinación del gobierno hindú, representa una oportunidad para que los 15 de millones de personas con VIH alrededor del mundo que no acceden a medicamentos puedan iniciar su medicación.

 

(Fuente Portal: http://www.vanguardia.com.mx/gobiernodeindiadesconocepatentedekaletra-627039.html)

 

 

 

Facebook registró "Face" como marca

 

Descripción:

La red social Facebook, que había solicitado registrar como marca la palabra “Face”,  recibió una primera autorización temporal por parte de la Oficina de Marcas y Patentes de los Estados Unidos.

 

El pedido que Facebook realizó se refiere específicamente al uso de la palabra "face" para servicios de telecomunicaciones, chats y otras formas de intercambio de mensajes por computadora. La protección de palabras de uso cotidiano es polémica en el mundo, por lo que varios juristas se habían mostrado escépticos a que se le concediera la marca de la palabra “face”  (en español “cara”).

 

La empresa californiana se ha enfrentado, en numerosas ocasiones, a otros sitios web que utilizan la palabra "book" (libro), así  en agosto inició una pelea legal a la red de profesores Teachbook.com.

 

(FUENTE: Revista Líderes, 2010-11-22)

 

 

 

Países miembros de la OMPI trabajarán en materia de limitaciones y excepciones al Derecho de Autor

 

Descripción: Impulsados por un proyecto de Ecuador, Brasil y Paraguay, los países miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI, acordaron un trabajo futuro sin precedentes en materia de Limitaciones y Excepciones al Derecho de Autor. El consenso se dio en el marco de la Vigésimo Primera Sesión del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos de la OMPI, llevada a cabo en Ginebra del 8 al 12 de Noviembre de 2010.

 

La alianza realizada entre países de Latinoamérica, África y Asia, alcanzada por primera vez, fue la estrategia clave para lograr el consenso necesario con los países desarrollados. El plan de trabajo acordado revisará las principales áreas donde son necesarias las limitaciones y excepciones, entre ellas las personas con discapacidad visual, tema que fue base del proyecto de tratado presentado por Ecuador, Brasil, Paraguay y México- como país adherente-durante la sesión Décimo Octava del Comité.

 

El Director Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos del IEPI, Flavio Arosemena Burbano, en conjunto con la Cancillería y la Misión del Ecuador en Ginebra han liderado el proceso a nombre del país desde el aspecto técnico y el proceso diplomático.

 

(FUENTE: Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual, IEPI. Noticia tomada del portal web www.iepi.gob.ec)

 

 

 

El fraude ante la USPTO tras la decisión sobre Bose: “Temeraria desconsideración de la verdad” y deber de investigar al presentar una declaración de uso.


La decisión del Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (Circuito Federal) en In re Bose Corp., 91 U.S.P.Q.2d 1938 (Fed. Cir. 2009), cambió radicalmente el panorama de las acusaciones de fraude ante la USPTO. Antes del caso Bose, se solía considerar que el fraude consistía en aserciones erróneas relativas al uso de una marca en el comercio de los Estados Unidos que pudieran deberse a negligencia o a un error justificable. En el caso Bose, sin embargo, el Circuito Federal sostuvo que la simple negligencia no era suficiente para concluir que había intención de engañar o estafar, y que una negligencia grave no justificaba por sí misma que se infiriera la intención de engañar. En cambio, el tribunal declaró que, en virtud de la Ley Lanham, sólo se considera que una marca se ha obtenido de manera fraudulenta si hay pruebas manifiestas y convincentes de que el solicitante o el titular del registro ha hecho, a sabiendas, una declaración falsa y evidente con la finalidad de engañar a la USPTO

A partir del caso Bose, la Comisión de Audiencias y Recursos en materia de Marcas (TTAB) de la USPTO exige un informe sobre los hechos específicos que justifican las denuncias de conocimiento, intención de engañar y estafar y pruebas manifiestas y convincentes que demuestren estas acusaciones. Si bien es actualmente más difícil alegar y demostrar las acusaciones de fraude ante la USPTO, una demanda por fraude puede sin embargo sostenerse cuando haya una “temeraria desconsideración de la verdad”. Hasta el momento en ningún caso se ha definido lo que constituiría una “temeraria desconsideración de la verdad” en relación con las acusaciones de fraude. Algunos observadores han indicado, sin embargo, que el no leer la presentación de solicitud o no investigar la exactitud de las declaraciones que solicitan el uso de una marca en el comercio de los Estados Unidos puede constituir una “temeraria desconsideración de la verdad” y un fraude ante la USPTO.

(Fuente: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI-, noticia tomada de la Web: http://www.wipo.int/wipo_magazine/es/2010/03/article_0003.html)

 

<< Volver

 
<< Inicio < Anterior 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Siguiente > Fin >>

Página 8 de 9

Zona de Afiliados



Facebook